| Indice del artículo |
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| Ayudas y la Ley de Dependencia |
| Beneficiarios |
| Ayudas y mejoras |
| Prestación económica |
| Valoración de dependencia |
| Programa Individual de Atención |
| Todas las páginas |
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Beneficiarios
Los beneficiarios para las ayudas y mejores deben cumplir unos requisitos establecidos en la ley:
- Español o residente en el territorio español por lo menos 5 años y los dos últimos sean en fechas anteriores a la solicitud.
- Tener reconocido un grado de dependencia otorgado por la Comunidad Autónoma de residencia.
Los grados de dependencia se establecen por el nivel de autonomía e intensidad del cuidado que requiere:
- Grado I: Dependencia moderada: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día. Este grado tiene dos niveles. El nivel dos la Ley tiene previsto reconocer el derecho durante el año 2010 y 2013. El nivel uno la Ley tiene previsto reconocer el derecho durante el 2014-2015.
- Grado II: Dependencia severa: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero que no requieren el apoyo permanente de un cuidador. Este grado tiene dos niveles. El nivel dos entró en vigor en el año 2008, el nivel uno la Ley tiene previsto reconocer el derecho en el año 2011.
- Grado III: Gran Dependencia: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y por su pérdida total de autonomía, necesitan el apoyo indispensable y continuo de otra persona. Este grado tiene dos niveles y está en vigor desde el año 2007
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Comentarios
Te aconsejamos que entres en la siguiente página web en la que tienen la opción de realizar una primera consulta gratis sobre el tema de dependencia. Donde te podrán asesorar de forma concreta en función de la ley que se aplique en dicha comunidad.
www.leydependenciavalencia.com/
Gracias por tu comentario y recibe un cordial saludo de gente conACtitud
Como la ley de dependencia varía dependiendo de la comunidad autónoma. Lo más aconsejable es que te acerques a un centro de servicios sociales para comentar tu situación actual.
Con respecto a la ley dependencia de la Comunidad de Murcia te aconsejamos que revises el siguiente enlace para que veas las características concretas que ofrece esta comunidad en relación a la atención a la dependencia.
carm.es/.../...
Esperamos haberte sido de ayuda.
Un saludo de gente conACtitud.
Dentro de este mismo artículo puedes pinchar en la pestaña “prestaciones económicas” donde te podrás orientar y hacer una idea de las cuantías ofrecidas para cada grado y nivel de dependencia.
Pero de todas formas, te aconsejamos que acudas a tu centro de servicios sociales para que te asesoren adecuadamente teniendo en cuenta tu situación personal.
Te agradecemos el comentario y recibe un cordial saludo de gente conACtitud.
Alguien me puede responder?
Muchas gracias!
Alguien me puede responder?
Muchas Gracias!
Alguien me puede responder? gracias!
El cambio en la ley de la dependencia efectivamente estipula que se va a eliminar la cotización a la seguridad social (con lo cual no te com[censored] a efectos de años cotizados para la jubilación) y la cuantía de la prestación se verá afectado por un recorte del 15%.
De todas formas, sería conveniente que llevaras esa carta a la trabajadora social de tu centro se servicios sociales por si hubiera alguna vía de reclamación o exenciones dependiendo de la situación familiar...
Un saludo.
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